En esta página se irán incluyendo todas las consultas recibidas y sus respuestas.

ASESORÍA JURÍDICA
  • (04 - 04- 2006) --->
    • ¿Se puede solicitar una nueva excedencia para el cuidado de hijo después de haberse reincorporado al trabajo ya habiendo disfrutado de otra excedencia por el mismo hijo?
  • (04 - 04- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Siempre que no se haya agotado el plazo de tres años desde que se produce el nacimiento se puede solicitar. Saludos
  • (04 - 04- 2006) --->
    • Hola soy logopeda de un Colegio Concertado desde hace 24 años y afiliada a UGT; quisiera que me ayudarais en lo siguiente
      En cuanto a legislación cual es la consideración que debo tener o tengo , (personal docente, especialista, personal de servicios etc.)
      Quien pertenece al personal de atención educativa complementaria dentro de un Centro concertado de Educación Especial
      Gracias
  • (04 - 04- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • El logopeda queda adscrito al grupo dos del convenio como personal no docente. El personal de atención educativa entraría dentro del concepto genérico de otro personal, conforme al convenio. Para más precisión puedes consultar el Convenio colectivo de aplicación, que te le faciñitarán en tu federación. Saludos
  • (04 - 04- 2006) --->
    • Hola!soy una maestra de educación infantil, y hasta hace medio mes estaba trabajando en una escuela infantil. La verdad es que me trataron bastante mal y bueno al resto de mis compañeras, y estoy cansada de oir el famoso convenio ya que en el nuevo trabajo gano mucho, cierto que tambien estoy como tecnico, la verdad es que tengo varias dudas: siendo la tutora de clase es "legal" que me tuvieran como auxiliar?? cual es el salario que se debe ganar?? (tanto la auxiliar como la tecnico) cuantas personas debe tener una escuela en cada clase??? y por ultimo, creemos que no hay cosas legales pues hay cosas muy extrañas, hay alguna posibilidad de que una inspeccion pase por el centro??. Muchas gracias por adelantado.

  • (04 - 04- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • > Hay una diferencia clara, conforme al convenio entre auxiliar, que es persona no cualificada y maestra de EI. Por lo que refieres en tu consulta, si te han tenido como auxiliar ha sido de forma ilegal. La tabla salarial para 2005, en el caso de maestra es de 1.143,13 ?/mes y a 25,10 los trienios, en el caso de auxiliar es de 562,64 ?/mes y 13,93 ? cada trienio. Si no te han pagado debidamente puedes solictar la diferencia desde un año atras, esto es desde abril de 2005, para ello primero tienes que poner una papeleta de conciliación y después, si no hay acuerdo demandar a la empresa ante los Juzgados. Será conveniente que te pongas en contacto con FETE-UGT de tu localidad. Saludos
  • (04 - 04- 2006) --->
    • Hola, mi nombre es Isabel y os agradecería me aclaraseis la siguiente situación:
      En un colegio público de Infantil y Primaria de una sola línea se da la siguiente situación: las tres clases de Infantil están ocupadas por propietarias definitivas de esta especialidad, que llegaron a este centro tras participar en el concurso de traslado por Infantil. Una de ellas, desde el pasado mes de septiembre es Jefa de Estudios del Centro. Las tutorías de Primaria están ocupadas por maestros definitivos generalistas, varios de ellos con 30, 34 y 35 años de servicios. La pregunta es:
      ¿Puede la Jefa de Estudios (siendo de Infantil y habiendo llegado a este centro por dicha especialidad) escoger grupo de alumnos antes que todos los demás, y escoger un curso de primaria?
      ¿Puede cualquier maestro por el solo hecho de ser cargo directivo ( sin ser de Primaria) ocupar una plaza de Primaria y eligiendo el grupo que le apetezca atentar contra los derechos adquiridos de los demás compañeros en antigüedad...
      Esperando vuestra respuesta, os saluda atentamente
      I.
  • (04 - 04- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Aunque parece razonable tu propuesta, en el supuesto de no haber acuerdo al principio de curso sobre la asignación de grupos es el director el que toma la decisión. El art. 74 de la Orden de 29 de junio de 1994 establece el orden de prioridad en la asignación de grupos, siendo los miembros del equipo directivo los primeros que se asignan y preferentemente en el último ciclo. La razón tiene que ver con el número de horas lectivas que desempeñan en función del tamaño del centro y para evitar que los grupos más pequeños tengan que ser atendidos por varios maestros o maestras. Saludos
  • (04 - 04- 2006) --->
    • Soy maestra de Primaria y trabajo en una escuela concertada. En noviembre del presente cumplo 60 años.Mi antigüedad de cotizació será entonces de 30 años. Quisiera pedir jubilación parcial y reducir mi jornada laboral en un 50%.
      Desearia saber cómo puede afectar económicamente y qué repercusión puede tener en la jubilación ordinaria.
      Muy agradecida.

  • (04 - 04- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • El salario se te reducirá a la mitad, pero la parte de pensión que recibas puede compensarte. Una vez cumplas los 65 años la pensión no se vería significativamente reducida. Puedes pedir a la Seguridad Social que te realicen los cálculos aproximados. Saludos
  • (27 - 03- 2006) --->
    • Buenos días, durante los años 1987 al 1990 fui profesora de religión en un colegio público de primaria, en la actualidad soy funcionaria, he oído que existen sentencias que reconocen este tiempo trabajado como servicios previos ¿podríais confirmármelo? Gracias.


  • (27 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Prof. Religión: No existe jurisprudencia, que conozcamos, sobre le reconocimiento de servicios previos en el supuesto que indicas. Con la normativa vigente parece muy improbable que ésto sea posible. Saludos
  • (27 - 03- 2006) --->
    • ¿cuantos dias me corresponden por intervencion quirurgica de mi mujer, fuera de la provincia? Soy funcionario. Gracias

  • (27 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Conforme al art. 30. 1 a) es de 5 días cuando se realiza en otra localidad, no obstante pudiera haber alguna peculiaridad en tu Comunidad. Saludos
  • (27 - 03- 2006) --->
    • Un diplomado en Educación Infantil puede presentarse a plazas de Técnico Especialista en Educación Infantil, se considera que pueden ser titulaciones del mismo rango o al menos equivalentes?
      Gracias

  • (27 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • La titulación se puede considerar equivalente aunque habrá que estar a los términos de la convocatoria pues hay ocasiones en las que no se permite titulación distinta. Saludos
  • (27 - 03- 2006) --->
    • No IES de Quiroga, durante o curso pasado xubilouse a mestra de C. Sociais da ESO, a plaza non saliu como vacante no concurso, pero si apareceu na lista de plazas reclamadas que publicou o sindicato. Eu participei no concurso de traslados e pedín esa plaza, na resolución provisional non me deron e fixen unha reclamación a nivel personal. A miña pregunta é ¿Hai algunha posibilidade de que me adxudiquen esa plaza na resolución definitiva do concurso?. ¿O sindicato sigue a reclamar esas plazas que non saíron?.Gracias


  • (27 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Maestra. La potestad organizativa de la Administración permite, de manera justificada, que no saque una vacante. En el caso que nos señalas puede haber alguna posibilidad si se demuestra que el no sacar la plaza es por una actuación arbitraria, siendo necesaria. Para más infirmación debes dirigirte a FETE-UGT de tu localidad. Saludos
  • (27 - 03- 2006) --->
    • Soy una maestra, trabajo en Asturias, tengo solicitada la jubilación voluntaria Logse. Tendré 34 años y 2 meses el 31 de agosto, quiero saber cuanto dinero perderé al mes, he hecho el calculo por las tablas, pero al no saber el descuento que me harán, lo he calculado poniendo el mismo que me hacen en activo, es decir el 19%, y creo que perderé como unos 200 €.
      También, que puede repercutir en mi jubilación cuando tenga 65 años, al jubilarme antes de tener 35 años de servicios, ya sé que me aumentan 5 años total que cuando tenga 65 años tendré 39 años de servicios.
      Por ultimo, si en estos 5 años sigo cumpliendo trienios.
      Gracias un saludo
      .

  • (27 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Maestra:La jubilación anticipada LOGSE agrega a los años cotizados los que te faltan hasta cumplir 65, como si los hubieras cotizado. Si la cantidad resultante es 35 o más recibes el 100% del haber regulador que para tu grupo es de 1973,03 €/mes por catorce pagas. Una vez establecida la cantidad que te corresponde por jubliación cada año se incrementa en función de las variaciones del IPC y la Ley de Presupuestos, por tanto queda fijada en lo sucesivo sin que tanga otras variaciones por cumplir años o trienios. La deducción por IRPF suele ser 2 puntos inferior a la que en activo te están descontando. Saludos
  • (27 - 03- 2006) --->
    • hola soy un profesor de educación secundaria y quisiera saber si para la realización de exámenes oficiales disponemos de permiso durante todo el día de celebración como aparece recogido en el apartado de derechos de funcionarios que aparece en el decreto legislativo que aprueba el texto de la ley de función pública de al Región de Murcia ( BORM 12/04/2001)
  • (27 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Profesor de Secundaria: Desde el Sindicato defendemos que el permiso es por todo el día del exámen aunque alguna sentencia dice que es únicamente por el tiempo indispensable. Saludos
  • (21 - 03- 2006) --->
    • Buenas tardes. Tengo una duda. Soy maestra de infantil en un colegio público. He salido de excursión con los niños y he regresado dos horas después de mi horario habitual. ¿Puedo descontar esas dos horas de las horas de dedicación exclusiva?. Gracias.

  • (21 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Si en el centro hay un cumplimiento estricto de la exclusiva cabe atribuir estas horas a dicha dedicación, en todo caso debería ser de acuerdo con el equipo directivo para evitar malos entendidos. Saludos
  • (21 - 03- 2006) --->
    • Hola: Soy Profesor de secundaria, funcionario, en Castilla y Leon y afiliado a ugt desde 1983. Nunca he utilizado los servicios juridicos del sindicato pero ahora ha surgido este tema y os pido me lo aclareis a mi y a todos los que estan en mi situacion. Mi consulta es la siguiente:
      Yo procedo de los antiguos centros de FP de la AISS. Cuando hicimos oposiciones al MEC en 1985, pasamos a ser funcionarios pero nunca hemos dejado de cotizar al régimen general de la SS. Por lo que parece, la LOE contempla en su disposicion transitoria 2ª que al personal docente en mi situacion nos van a dar un plazo de seis meses para optar por seguir así o pasarnos al regimen especial de funcionarios de la SS, que entiendo que es MUFACE. Mi consulta es que es lo mejor para mi que tengo una antiguedad reconocida a efectos de trienios y sexenios desde 1979, aunque como funcionario desde 1985. Cuales son los pros y los contras. Ademas creo que el sindicato debía estudiar el tema y proponer una salida aconsejada a sus afiliados que esten con este dilema como yo. Gracias.
  • (21 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • La posibilidad que se ofrece está pendiente de la aprobación de la LOE. No obstante los estudios iniciales nos hacen no precipitarnos sobre los efectos personales. Hemos detectado casos en los que se ven perjudicados si cambian de la SS a MUFACE. Una vez aprobada la Ley se hará una información general sin perjucio de que se estudie cada caso. Saludos
  • (21 - 03- 2006) --->
    • Mi consulta es la siguiente; una trabajadora después de la baja maternal, que terminaría en abril, disfruta de las vacaciones de este año pidiéndolo por escrito a la Gerente, se las concede, coge la acumulación de la hora de lactancia que está regulada en 20 días y luego quiere coger la excedencia por cuidado de hijo. ¿Puede ser que le pongan pegas al solicitar la acumulación de la hora de lactancia cuando va a pedir la excedencia por cuidado de hijo?

      Un saludo.
  • (21 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • No debería causar ninguna pega pues es voluntad del trabajador el determinar las fechas de disfrute de la excedencia regulada en el art. 45. 2 del Convenio Colectivo de la enseñanza concertada. Saludos
  • (21 - 03- 2006) --->
    • ¿tiene derecho a conservar el destino (en el mismo Centro)una funcionaria de educacion infantil (presta sus servicios en la provincia de Sevilla) que se acoja a excedencia para el cuidado de hijo por un periodo de tres años?¿es necesario solicitar los tres años de una sola vez, o pudiera ser uno, depués otro y así (según convenga), pero para el mismo hijo? ¿Cúal es la normativa que regula estas situaciones y consecuencias?. Muchas gracias
  • (21 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Únicamente en el primer año de excedencia se conserva el puesto de trabajo, en los años siguientes la localidad o zona. Puedes pedir por el tiempo que creas conveniente en distintas ocasiones, siendo la referencia la edad del hijo. Saludos
  • (21 - 03- 2006) --->
    • Quisiera hacerles una consulta:
      Soy un profesor de religión en un centro público, llevo varios años impartiendo clase a horario completo y hasta ahora no he tenido ningún problema ni con la dirección del centro, ni con mi obispo. Estoy siguiendo con gran interés la tramitación de la LOE, sobre todo lo que concierne a los profesores de religión. Creo entender que las disposiciones que afectan a nuestra labor van a reconocer nuestros derechos como trabajadores, que a partir de la aprobación de la ley nuestors puestos de trabajo ya no dependerán de la voluntad del obispado y que se nos reconoce la continuidad del contrato. Mi consulta viene porque me encuentro en la actualidad en una situación que no me imaginaba que pudiera pasarme nunca y no se como afectará a mi situación laboral. Me he enamorado de una mujer que no es católica y para casarme con ella voy a adoptar su religión, permitame que no concrete mas.
      No se si debo esperar a la aprobación de la ley para comunicar mi nueva situación pues temo perder el trabajo si se enteran en el obispado. LLevo varios años ejerciendo de profesor de religión y me gustaría seguir ejerciendo aunque vaya a abandonar la fe católica.¿Qué puedo hacer?, ¿Cuando la ley esté aprobada podré seguir conservando mi puesto de trabajo?
      Gracias por su atención
  • (21 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Entiendo que tu situación de forma más o menos inmediata no podrá continuar pues no se establece una relación laboral indefinida. Saludos
  • (16 - 03- 2006) --->
    • o>> Hola:
      Me gustaría que me aconsejaran. Acabo de finalizar mi período de funcionaria en prácticas el 1 de marzo de 2006 como maestra. El director de mi centro me ha reclamado en comisión de servicios para el próximo curso académico. Realmente no sé las implicaciones de la condición de "comisión de servicios". No sé si me perjudica en algo. ¿me computaría el tiempo en comisión de servicios, por ejemplo, para los tres años mínimos obligatorios que se necesitan para presentarse al concurso de funcionarios en el exterior?.
      ¿Realmente me pueden reclamar en comisión de servicios siendo funcionario en prácticas? En realidad a mí si me interesa quedarme en el centro escolar pero no me gustaría llevarme alguna sorpresa desagradable por desconocimiento.
      Les agradezco de antemano su respuesta. Atentamente,
      Ana Ugarte Connelly
  • (16 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Una vez finalizadas las prácticas serás nombrada funcionaria de carrera. Desde esa situación debes concursar a los destinos que estimes más convenientes. La situación de comisión de servicio en tu caso no te afectaría hasta que tuvieras destino definitivo a los efectos de acumular puntuación para otros concursos. Saludos
  • (16 - 03- 2006) --->
    • Mmi consulta es que solicite una reduccion de jornada tras mis 4 meses de baja maternal y mi empresa me la concedido y mi pregunta es la siguiente: ¿si comenzara a trabajar ,y por ejemplo a los 2 meses me tuviera que hacer cargo de mi bebe personalmente, podria pedirme una excedencia?
  • (16 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Si, puedes solicitar la excedencia hasta que tu hijo tenga tres años. Saludos
  • (16 - 03- 2006) --->
    • oHola, soy funcionario de la administración general autonómica en andalucía y afiliado a UGT.

      Este año quiero presentarme a las oposiciones de secundaria y supongo que en caso de que aprobara tendría que pedir excedencia, pero en caso de que solo aprobara el 1er exámen, ¿puedo formar parte de la bolsa de interinos o se me excluye de ella por ser ya funcionario tal como me ocurre ahora en otros grupos de mi administración??

      Gracias
  • (16 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Puedes estar en la lista de interinos. El problema puede surgir en el caso de pedir excedencia en tu puesto de trabajo por tener otro como interino, que la administración podría poner pegas. Saludos
  • (16 - 03- 2006) --->
    • oHola. Me gustaría consultar algo en relación a la antigüedad en un colegio privado. En septiembre hizo 20 años que comencé a trabajar en este colegio. Me gustaría saber cómo debo cobrar los trienios o si ya pasan a ser quinquenios.
      Muchas gracias por vuestra atención
      Un saludo

  • (16 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Cada tres años se genera un trienio, por lo que deberías estar cobrando 6 trienios y pendiente ce cumplir el 7º. En todo caso debes decirnos con más precisión el tipo de centro, si es concertado o no y el tipo de enseñanzas. Saludos
  • (16 - 03- 2006) --->
    • o> Estimados amigos...
      Os agradezco de nuevo la gran labor que estais haciendo. Me gustaría haceos una consulta en relación a las vacantes que han salido publicadas hoy en el Boletin de la Comunidad de Madrid.
      No se si a vosotros como sindicato o bien a nivel personal os parece vergonzoso e irrisorio el número de vacantes que han salido publicadas. Creeis que se puede hacer algo a nivel juridico para que saquen las vacantes reales que hay?
      Soy de la especialidad de Procesos de Gestión Administrativa y estamos en esta especialidad en expectativa de destino del orden de 40 0 50 compañeros coartandonos nuestra libertad de movilidad geográfica, debido a que no podemos concursar hasta que no tengamos destino definitivo. ¿ creeis que existe alguna acción legal para poder reclamar esto?
      Gracias por todo y un saludo
  • (16 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Jurídicamente es casi imposible obligar a la administración a sacar las vacantes reales. La única forma es la presión sindical, para lo que se necesita mayor afiliación y mayor unidad en algunos casos. Saludos
  • (13 - 03- 2006) --->
    • o Hola

      Me gustaría que me ayudaran.

      Yo como muchos otros profesores de la comunidad valenciana no poseemos ninguna certificación lingüística en valenciano. De hecho desde que salió el decreto 62/2002 Requisito lingüístico, no hemos podido presentarnos ni siquiera a los concursos-oposición que hasta la fecha se han realizado. Algo injusto porque yo estoy trabajando como profesor de tecnología de mucho antes de la aprobación de referido decreto, en concreto desde el 2000.

      Me gustaría saber si ustedes son tan amables de explicarme que podría hacer yo. Ante la inminente cambio en el acceso en la función publica, ante nuevas oposiciones, etc.

      No se si se podría poner alguno tipo de reclamación en algún tipo de institucion, alguna ley habrá que impugne el derecho de igualdad entre oportunidades, pues a mi me las han quitado desde hace ya años, etc. Ahora veo que si ponen el acceso diferenciado y TAMPOCO puedo acceder a el, me encuentro en una situación verdaderamente angustiada.

      UN SALUDO Y MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO

  • (13 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • >Las plazas que salen con perfil lingüístico se han de cubrir con personas que conocen la lengua correspondiente a la Comunidad. Únicamente cabe aprenderla o hacer las oposiciones en otra Comunidad. Saludos
  • (13 - 03- 2006) --->
    • o >> Hola soy profesor interino de enseñanza secundaria y mi consulta es la siguiente:
      He estado haciendo una sustitución cubriendo una baja por enfermedad con nombramientos que me han ido prorogando a plazos de unos 15 días y, el 24 de enero, de vuelta del trabajo he sufrido un accidente de tráfico "in itinere" y estoy de baja. Desde la dirección provincial me comunicaron que me"prorogaban" el nombramiento hasta el 19 de Febrero, que si me incorporaba antes, me conservaban la plaza, pero que si seguía de baja ya no me prorogaban más, es decir, me despedirían.
      Así ha sido: a día de hoy sigo de baja y se supone que tengo que tramitar el "pago "directo con la mutua de accidentes, pues ya se me ha dado de baja en la Seguridad Social con fecha del 19 de febrero. En mi lugar hay otra sustituta desde que me accidenté, pero no sé si se puede despedir a alguien en estas circunstancias , (estando de baja por accidente laboral) aunque sus nombramientos no fuesen para todo el año.
      Un saludo y muchas gracias.
  • (13 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • La finalización del nombramiento de interino es consecuencia de la incorporación de la persona que sustituyes. En tu caso al estar accidentado y no poder hacer la sustitición dependerá de la situación en que se encuentre el funcionario de carrera en el momento de tu alta médica. En el caso que no te nombraran nuevamente deberías reclamar. En cuanto al abono en la situación de baja debees comunicarlo a la SS. Saludos
  • (13 - 03- 2006) --->
    • oHola, me llamo T. B. A., estoy afiliada FETE-UGT, y quisiera que me informaran acerca de la prestación de Jubilación o paga que se recibe por llevar más de 25 años trabajando, yo personalmente he estado prestando mis servicios en el Colegio Andalucía por más de 25 años, actualmente tengo la jubilación por Incapacidad Laboral Absoluta,llevo casi dos años esperando una resolución al respecto y, aún no he recibido ninguna notificación y quisiera que me informaran acerca de mi situación. Muchas Gracias.
  • (13 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • El premio por antigüedad se da cuando se llevan 25 años en activo. Si tú estabas en esta situación antes de jubilarte por incapacidad te lo deben abonar. Si no lo has reclamado al centro debes hacerlo y posteriomente si no te lo abonan ante los juzgados de tu localidad o provincia. Saludos
  • (13 - 03- 2006) --->
    • o Soy profesora de enseñanza secundaria en la comunidad de Madrid, en excedencia voluntaria desde 1 de noviembre 2004. Me gustaría consultaros dos dudas respecto al reingreso: primera, si ya podría participar en el concurso de traslados que se convocará a comienzos del curso 2006 - 2007. Segunda y más importante, en los baremos y puntuaciones de los concursos de traslados, cuando se habla de puntuación por años de permanencia ininterrumpida en el centro desde el que se concursa no está claro si quienes solicitamos reingreso desde excedencia voluntaria tenemos derecho a computar esos años que hemos permanecido en un centro de enseñanza sin trasladarnos y, en consecuencia, hemos acumulado puntos; en el último Instituto he estado unos 14 años ininterrumpidamente (y era destino definitivo desde luego). Muchas gracias.
  • (13 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • >Si puedes concurar, pues ya han pasado los dos años cuando se resuelva. Respecto a la puntuación por permanencia en el centro también puedes computarla hasta uqe cusaste baja. Saludos
  • (10 - 03- 2006) --->
    • o Quisiera que me aclararan las siguientes dudas:
      Soy profesor técnico de F.P., este año se han amortizado las plazas de los dos docentes que impartiamos clase en un Ciclo, ya que al tener poca matrícula no se autorizó. Mi pregunta es ¿ Puede permanecer en el mismo Instituto para el próximo curso?, en esta localidad no hay mas que este Centro. También me gustaría saber si puedo impartir Informática en la ESO, además de las optativas que ofertaba ya el departamento. Un saludo
  • (10 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • >El tema de la amortización de plazas es preocupante y estamos intentando que sus efectos se minimicen. Las posibilidades de seguir en el centro tienen relación con la posibilidad de dar optativas o afines, cosa que dependerá de la propia estrcutura del centro. El dar informática en ESO si bien no es una competencia propia existen muchos centros en los que se está realizando por tecnólogos o por Profesores de FP. Saludos
  • (10 - 03- 2006) --->
    • o Querría saber si puedo simultanear el trabajo como interina en un IES y mi trabajo en un centro de formación donde tengo un contrato por dos meses? Me han llamado cuando yo ya había firmado el contrato. En teoría puedo realizar ambos, ya que uno es por la mañana y el otro por la tarde, pero no sé si puedo estar de alta en la seguridad social y a la vez estar trabajando como interina. Muchas gracias.
  • (10 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • En necesario pedir la compatibilidad con tu trabajo en otro centro privado, el no pedirlo supone una falta muy grave. No obstante dado el escaso tiempo de tu contrato privado es muy posible que cuando haya finalizado, la administración no te haya contestado respecto a la solicitud de compatibilidad. Respecto a la doble cotización no hay problema aunque en el futuro únicamente se tendrá en cuenta una de ellas. Saludos
  • (10 - 03- 2006) --->
    • o En contestación a vuestro escrito os participo que llevo 30 años de cotizacion y mi edad es de 53 años.
      Funcionario en activo maestro de primaria.

      La pregunta era ¿Qué pensión me quedaría si me jubilasen por incapacidad por enfermedad?

      Gracias
  • (10 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • En el caso que te jubilaras este año por incapacidad la pensión que que quedaría sería de 1973,03 €/mes por catorce pagas, máximo de un maestro cvon 35 años cotizados, ya que a los años cotizados se le añaden los años que faltan hasta la edad de jubilación. Saludos
  • (10 - 03- 2006) --->
    • o Buenas tardes:
      ¿Los meses cotizados en Francia, como lectora de español, computan a la hora de calcular el cómputo total de cotización a la seguridad social?.

      Muchas gracias
  • (10 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Hay convenio este España y Francia para su cómputo. Saludos
  • (10 - 03- 2006) --->
    • o Buenas tardes:
      ¿Los meses cotizados en Francia, como lectora de español, computan a la hora de calcular el cómputo total de cotización a la seguridad social?.

      Muchas gracias
  • (10 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Hay convenio este España y Francia para su cómputo. Saludos
  • (10 - 03- 2006) --->
    • o Soy una maestra de 51 años que trabajo como funcionaria en la Consejería de Educación de Canarias. Por motivos de salud, desde la inspección médica, me han ofrecido la jubilación por incapacidad y me han hecho firmar una instancia que al final dice:
      SOLicita: Acogerse al Art.5º 2 R./D. 172/88 de 22-02-88 y solicita el Trámite por Incapacidad Fisíca Permanente de forma voluntaria.
      ¿ Es esto correcto?, me la ofrecieron ello sin pedirsela yo. También me han dicho que si no estoy de acuerdo en cualquier momento puedo parar el proceso.
      Muchas gracias por su respuesta y un saludo
  • (10 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • La jubilación por incapacidad se puede hacer por iniciativa de la administración o a instancia de parte. Si bien no era necesario que tú la solicitaras es posible esta forma de iniciar el expediente de jubilación. Saludos
  • (10 - 03- 2006) --->
    • o Me gustaría consultaros lo siguiente.
      Soy funcionaria en prácticas y he tenido que coger baja por riesgo de embarazo 1 mes antes de completar el total de 6 meses requerido. Si según la ley, no son faltas de asistencias las del riesgo de embarazo, ¿por qué me dicen que tengo que completar ese mes? ¿cómo reclamar?

      Gracias
  • (10 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Si has recibido la comunicación por escrito, debes presentar reclamación ante el órgano de la comunidad que te lo ha comunicado mediante escrito, modelo de instancia, en la que después de exponer los datos y domicilio señalas los hechos acaecidos y la justificación y finalizas con la solicitud de que sea tenido en cuanta a los efectos de completar el período de prácticas. Saludos
  • (10 - 03- 2006) --->
    • o Hola soy una compañera de primaria
      Me gustaría saber si exite alguna legislación, que me favorezca en el siguiente caso. Soy la única persona de mi centro que vivo en la localidad donde se encuentra el centro. Mi hora de exclusiva la tengo fijada, por la tarde después del horario lectivo. Es en ese momento cuando realizo mis reuniones de ciclo, preparo material y me reuno con los padres. Resulta que mi Centro está siendo evaluado por la inspección en estos momentos. Me están exigiendo que todas estas actividades, tanto las reuniones de ciclo como las reuniones con los padres las celebre en horario de mediodía como así están especuladas en la Programación Anual. Mi consulta es la siguiente, ¿Yo, como trabajadora, dispongo por ley de horario mínimo determinado entre la jornada de mañana y la de tarde?. Creo que las actividades docentes requieren de un mínimo de dos horas, pero serían las mismas para los maestros.¿Me podeís decir algo sobre el tema, hay algo legislado sobre el tema? De antemano, Muchas gracias por atenderme
  • (10 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Si bien existe un horario de descanso para los alumnos de dos horas entre mañana y tarde, no es de aplicación para los Maestros, por lo que se deberán atener a lo establecido en la programación general del centro. Saludos
  • (10 - 03- 2006) --->
    • o Me gustaría consultaros lo siguiente.
      Soy funcionaria en prácticas y he tenido que coger baja por riesgo de embarazo 1 mes antes de completar el total de 6 meses requerido. Si según la ley, no son faltas de asistencias las del riesgo de embarazo, ¿por qué me dicen que tengo que completar ese mes? ¿cómo reclamar?

      Gracias
  • (10 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Si has recibido la comunicación por escrito, debes presentar reclamación ante el órgano de la comunidad que te lo ha comunicado mediante escrito, modelo de instancia, en la que después de exponer los datos y domicilio señalas los hechos acaecidos y la justificación y finalizas con la solicitud de que sea tenido en cuanta a los efectos de completar el período de prácticas. Saludos
  • (10 - 03- 2006) --->
    • o Soy un maestro que es licenciado, tengo mi destino en un centro de Secundaria por el proceso de Asdcripción y quisiera saber si aprobando las oposiciones de mi especialidad en secundaria y con ocasión de vacante tendría alguna preferencia para obtener destino en mi centro en esa vacante. Gracias
  • (10 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Si la plaza que ocupas es la misma que te correspondería en caso de acceso a Secundaria por tu especialidad, tendrías prioridad para ella, ocupandola como profesor de Secundaria. Saludos.
  • (10 - 03- 2006) --->
    • o Hola compañeros: Necesitamos que nos ayudeis a resolver dos cuestiones que afectan a sos afiliados nuestros.

      1.- Un compañero fue asesor de la consejería de educación entre noviembre de 1989 y febrero de 1990. Solicita la jubilación anticipada y le contestan que se la desestiman porque no cumple el requisito de estar en activo el 1 de enero de 1990, puesto que estaba en servicios especiales. ¿Podría recurrirse con ciertas garantias?.

      2.- Otro compañero solicitó también la jubilación anticipada y tiene 8 años cotizados como grupo B y 26 como A. Nos podeis calcular cuanto le quedaría de pensión?.

      Gracias .

      Saludos

      FETE UGT LUGO
      lugo@fete.ugt.org
  • (10 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • 1.- Debería recurrirlo pues la situación de servicios especiales se computa a efecto de ascensos, trienios y derechos pasivos (jubilación). No obstante se le debe advertir que la posibilidad de que prospere no es mucha, pues se podría dar una interpretación formalista y no es lo mismo servicios especiales que servicio activo.
      2.- Para el segundo caso nos tienes que indicar la edad actual. Saludos
  • (10 - 03- 2006) --->
    • o Buenas tardes
      me gustaria saber las funciones que debe desempeñar un jefe de administracion o secretaria en el convenio de la concertada .Tambien que quiere decir el termino "salvo necesidades de titulacion" del articulo 53 de dicho convenio gracia
  • (10 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • En el anexo I del IV Convenio Colectivo dice que es quien tiene a su cargo la dirección administrativa o la secretaría de la empresa. De lo que se puede deducir que tiene responsabilidades de dirección en su ambito. Los trabajos de superior categoría que requieren titulación específica para su realización no se pueden hacer. Saludos
  • (08 - 03- 2006) --->
    • o Saludos
      Soy un afiliado profesor tecnico de FP que este año por falta de alumnado que ante la decision de ser desplazado a 100 Km de mi localidad o dar clases de tecnologia en secundaria he optado por esta decision.
      Mi consulta es la siguiente, ya que mi labor este año es perfectamente legal, si doy clase para el mismo nivel que mis compañeros de secundaria y con los mismos horarios que ellos ¿no deberia percibir las mismas retribuciones? ya que sigo manteniendo las retribuciones al nivel de profesor de FP si esto no es lo correcto me gustaria saber donde reclamar.
  • (08 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Si bien existe un horario de descanso para los alumnos de dos horas entre mañana y tarde, no es de aplicación para los Maestros, por lo que se deberán atener a lo establecido en la programación general del centro.
  • (08 - 03- 2006) --->
    • o Saludos
      Hola soy una compañera de primaria:
      Me gustaría saber si exite alguna legislación, que me favorezca en el siguiente caso. Soy la única persona de mi centro que vivo en la localidad donde se encuentra el centro. Mi hora de exclusiva la tengo fijada, por la tarde después del horario lectivo. Es en ese momento cuando realizo mis reuniones de ciclo, preparo material y me reuno con los padres. Resulta que mi Centro está siendo evaluado por la inspección en estos momentos. Me están exigiendo que todas estas actividades, tanto las reuniones de ciclo como las reuniones con los padres las celebre en horario de mediodía como así están especuladas en la Programación Anual. Mi consulta es la siguiente, ¿Yo, como trabajadora, dispongo por ley de horario mínimo determinado entre la jornada de mañana y la de tarde?.
      Creo que las actividades docentes requieren de un mínimo de dos horas, pero serían las mismas para los maestros.¿Me podeís decir algo sobre el tema, hay algo legislado sobre el tema? De antemano, Muchas gracias por atenderme
  • (08 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • El complmento de destino va en consonancia con el puesto de trabajo y entiendo que el tuyo es similar al de los profesores de secundaria. Respecto a salario base y trienios viene determinado por el cuerpo al que se pertenece, en este caso corresponde al grupo B. Saludos
  • (08 - 03- 2006) --->
    • o ¿ Puede un director de un centro obligarme (profesor interino)a aceptar un estudiante de magisterio en prácticas en contra de mi voluntad?
      ¿ A un profesor interino en el caso de que le asignen un estudiante de magisterio en prácticas obtiene algún beneficio de ello, como por ejemplo puntos u horas de cara a oposociones o a sexenios?

      De antemano muchas gracias.
  • (08 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • No suele ser frecuente que se asigne a interinos, no obstante cabe que se produzca esa asignación, aunque deberías hablar con la dirección si entiendes que no es conveniente. No tiene ninguna asignación de puntuación... Saludos
  • (08 - 03- 2006) --->
    • o Saludos
      hola...quisiera hacerles una consulta,estoy afiliada con vosotros.mi consulta es la siguiente: llevo casi tres años de excedencia en mi trabajo por cuidado de mi hija de dos añitos y medio...mi esedencia termina en noviembre y quiero entrar a trabajar...pero tambien me gustaria no muy tarde volver a ser madre...mi pregunta es que cuanto tiempo tendria que estar trabajando para poder volver a buscar otro bebe y poder tener mi excedencia?hay que esperar un tiempo?he de estar trabajando un tiempo limitado para volver a poder coger otra esedencia...?
  • (08 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Si eres funcionaria no es necesario período de carencia. Si eres de la Seguridad Social tienes que tener 180 días cotizados previos para la asistencia por maternidad. Saludos
  • (06 - 03- 2006) --->
    • o Saludos
      Soy un afiliado profesor tecnico de FP que este año por falta de alumnado que ante la decision de ser desplazado a 100 Km de mi localidad o dar clases de tecnologia en secundaria he optado por esta decision.
      Mi consulta es la siguiente, ya que mi labor este año es perfectamente legal, si doy clase para el mismo nivel que mis compañeros de secundaria y con los mismos horarios que ellos ¿no deberia percibir las mismas retribuciones? ya que sigo manteniendo las retribuciones al nivel de profesor de FP si esto no es lo correcto me gustaria saber donde reclamar.
  • (06 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • El complmento de destino va en consonancia con el puesto de trabajo y entiendo que el tuyo es similar al de los profesores de secundaria. Respecto a salario base y trienios viene determinado por el cuerpo al que se pertenece, en este caso corresponde al grupo B. Saludos
  • (06 - 03- 2006) --->
    • o Hola buenos dias, me gustaría saber a que familiares corresponden el primer y segundo grado de consagniedad o afinidad. También me gustaría saber, si con los familiares de mi marido tengo el mismo derecho que con mis familiares del mismo grado de afinidad.
      Muchas grácias por vuestra ayuda.


  • (06 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • El primer grado de consanguinidad corresponde a padres e hijos y de afinidad a suegros y cónyuges. El segundo grado corresponde a hermanos, abuelos y nietos por consanguinidad y a cuñados y abuelos por afinidad. Saludos
  • (02 - 03- 2006) --->
    • o > Hola
      Soy un profesor de secundaria con contrato temporal, cada año desde hace 15 se me renueva, sin embargo no soy católico. He leído que Fete está negociando la estabilidad de los profesores de religión y moral católica a través de contratos laborales indefinidos. ¿Tenemos los profesores interinos que no somos católicos y que ocupamos plazas en los centros públicos en diferentes asignaturas, después de haber pasado por diferentes procesos selectivos, concursos, oposiciones, conseguir el apoyo de Fete para conseguir una estabilidad parecida?¿No supone esto una discriminación por motivos religiosos? Gracias por su atención Les recuerdo que para ocupar una plaza como profesor de religión católica es imprescindible el visto bueno del obispo correspondiente en base a la disposición de llevar a cabo lo que se denomina missio canónica imposible de cumplir para los no católicos. ¿Cabe algún recurso contra este acuerdo?
  • (02 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Desde FETE-UGT se defiende la contratación estable para todos los trabajadores. En estos momentos se está negociando con el MEC el RD de acceso en el que se pretende ponderar la situación de los interinos que como tú llevais muchos años de docencia, mas la negociación nunca es facil especialmente si no se tiene el apoyo de la mayoría de los trabajadores. Para más información deberás dirigirte a: fete@navarra.ugt.org Saludoss
  • (02 - 03- 2006) --->
    • o Saludos
      Soy un afiliado profesor tecnico de FP que este año por falta de alumnado que ante la decision de ser desplazado a 100 Km de mi localidad o dar clases de tecnologia en secundaria he optado por esta decision.
      Mi consulta es la siguiente, ya que mi labor este año es perfectamente legal, si doy clase para el mismo nivel que mis compañeros de secundaria y con los mismos horarios que ellos ¿no deberia percibir las mismas retribuciones? ya que sigo manteniendo las retribuciones al nivel de profesor de FP si esto no es lo correcto me gustaria saber donde reclamar.
  • (02 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • El complmento de destino va en consonancia con el puesto de trabajo y entiendo que el tuyo es similar al de los profesores de secundaria. Respecto a salario base y trienios viene determinado por el cuerpo al que se pertenece, en este caso corresponde al grupo B. Saludos
  • (02 - 03- 2006) --->
    • o Saludos
      ¿Los meses cotizados en Francia, como lectora de español, computan a la hora de calcular el cómputo total de cotización a la seguridad social?.

      Muchas gracias
  • (02 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Hay convenio este España y Francia para su cómputo. Saludos
  • (02 - 03- 2006) --->
    • o Hola

      Me gustaría que me ayudaran.

      Yo como muchos otros profesores de la comunidad valenciana no poseemos ninguna certificación lingüística en valenciano. De hecho desde que salió el decreto 62/2002 Requisito lingüístico, no hemos podido presentarnos ni siquiera a los concursos-oposición que hasta la fecha se han realizado. Algo injusto porque yo estoy trabajando como profesor de tecnología de mucho antes de la aprobación de referido decreto, en concreto desde el 2000.

      Me gustaría saber si ustedes son tan amables de explicarme que podría hacer yo. Ante la inminente cambio en el acceso en la función publica, ante nuevas oposiciones, etc.

      No se si se podría poner alguno tipo de reclamación en algún tipo de institucion, alguna ley habrá que impugne el derecho de igualdad entre oportunidades, pues a mi me las han quitado desde hace ya años, etc. Ahora veo que si ponen el acceso diferenciado y TAMPOCO puedo acceder a el, me encuentro en una situación verdaderamente angustiada.
  • (02 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Las plazas que salen con perfil lingüístico se han de cubrir con personas que conocen la lengua correspondiente a la Comunidad. Únicamente cabe aprenderla o hacer las oposiciones en otra Comunidad. Saludos
  • (02 - 03- 2006) --->
    • o En contestación a vuestro escrito os participo que llevo 30 años de cotizacion y mi edad es de 53 años.
      Funcionario en activo maestro de primaria.

      La pregunta era ¿Qué pensión me quedaría si me jubilasen por incapacidad por enfermedad?

      Gracias
  • (02 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • En el caso que te jubilaras este año por incapacidad la pensión que que quedaría sería de 1973,03 €/mes por catorce pagas, máximo de un maestro cvon 35 años cotizados, ya que a los años cotizados se le añaden los años que faltan hasta la edad de jubilación. Saludos
  • (02 - 03- 2006) --->
    • o Soy un ordenanza
      como en años anteriores llegada esta fecha tenemos las preinscripciones a la vuelta de la esquina, otra vez las disputa con la dirección del Centro, unos nos dicen que no otros les dicen que si, alguien me lo puede aclarar, ¿es o no obligación de los ordenanzas repartir las preincripciones o solicitudes de plazas?. El volumen de trabajoes muy muy alto estamos hablando de repartir 5.000 o mas solicitudes. Muchas Gracias.
  • (02 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Entendemos que dicha actividad se encuentra dentro de las atribuciones de tu puesto de trabajo, por lo que debes realizarlo. Saludos
  • (02 - 03- 2006) --->
    • o Soy una maestra de 51 años que trabajo como funcionaria en la Consejería de Educación de Canarias. Por motivos de salud, desde la inspección médica, me han ofrecido la jubilación por incapacidad y me han hecho firmar una instancia que al final dice:
      SOLicita: Acogerse al Art.5º 2 R./D. 172/88 de 22-02-88 y solicita el Trámite por Incapacidad Fisíca Permanente de forma voluntaria.
      ¿ Es esto correcto?, me la ofrecieron ello sin pedirsela yo. También me han dicho que si no estoy de acuerdo en cualquier momento puedo parar el proceso.
      Muchas gracias por su respuesta y un saludo
  • (02 - 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Es posible solictar la incapacidad por la persona interesada o que lo haga la administración de oficio. Contra la resolución que declara la incapacidad de una funcionaria cabe recurrir si no se está de acuerdo. Saludos
  • (27 - 02- 2006) --->
    • o Saludos
      Buenas tardes!.

      Hace tres meses ustedes resolvieron una duda que les planteé y me resultó muy aclaratoria su resolución. Dada esta satisfacción, quisiera plantearles otra duda. ¿cuáles son las bases establecidas para la promoción del nivel B al A?. ¿Pueden realizarlo los maestros de Primaria?.

      Un cordial saludo. A. J. E.
  • (27 - 02- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • En el Real Decreto de acceso se establecen las bases para la promoción del B al A. En términos generales es necesario tener titulación superior, no obstante existen algunas especialidades de secundaria en las que es suficiente el título de magosterio. Saludos
  • (27 - 02- 2006) --->
    • o Saludos
      Hola.
      Quisiera saber si una vez finalizado mi permiso de maternidad de 16 semanas, puedo solicitar asuntos propios por un número determinado de días (aprox. 1 mes) para enlazar con las vacaciones de verano, ya que, mi permiso termina el 30 de mayo y no me quiero incorporar hasta finales de junio. gracias
  • (27 - 02- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Se puede pedir por asuntos propios hasta tres meses cada dos años de servicio. Art. 73 Decreto 315/1964, Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado. Saludos
  • (27 - 02- 2006) --->
    • o Saludos
      Hola, me gustaría saber si los funcionarios del Cuerpo dee Maestros transferidos a la JCYL disponemos de los 10 días de permiso por nacimiento de hijo, o en caso contrario de cuantos disponemos. Y a partir de cuando (desde el nacimiento del hijo/a) podemos solicitar la hora por período de lactancia.
      Gracias.
  • (27 - 02- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • El acuerdo de los 10 días aún no se ha extendido a tu comunidad. Es necesario que se negocie en ese ámbito concreto. En la actualidad el permiso por alumbramiento para el padre es de 3 o 5 días dependiendo que sea en la misma o distinta localidad, art. 30 de la Ley 30/1984. El permiso por lactancia lo puede coger el padre o la madre en el supuesto que ambos trabajen. Saludos
  • (27 - 02- 2006) --->
    • o Saludos,
      Soy miembro de un comité de empresa en un centro de discapacitados, mi consulta es la siguiente cuando un persona tiene un accidente laboral tiene que acudir a la mutua con un papel que le tiene que dar la empresa para poder ser atendida, ¿ese papel dónde tiene que estar? ¿en la empresa o en el centro de trabajo?
  • (27 - 02- 2006) --->RESPUESTA: -------
    • Lo primero que prima en estos casos es la atención. La cuestión burocrática depende de la naturaleza de los centros, puede estar en uno o en otro pero debe estar a disposición del trabajador. Saludos
  • (27 - 02- 2006) --->
    • o Saludos
      Hola soy Celia de FETE Toledo y quisiera hacer una consulta:

      Nos ha llamado esta mañana la directora de un colegio de de la provincia, preguntando si se pueden hacer fotos y grabaciones de los niños por parte de la familia y/o asistentes a las actividades que se realizan en los centros...Es porque ahora que llegan los carnavales se programan diferentes actividades en las que participan los niños y , como suele ocurrir, los padres y familiares acuden para verlos. Han tenido algun otro problemilla con este asunto y antes y para curarse en salud quiere saber si lo ha de permitir o no. Hay algo acerca de esto???

      Rogaría me respondierais lo antes posible...

      Así mismo quisiera saber si hay