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En esta página
se irán incluyendo todas las consultas recibidas y sus respuestas.
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ASESORÍA
JURÍDICA |
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- (04
- 04- 2006) --->
- ¿Se
puede solicitar una nueva excedencia para el cuidado de hijo
después de haberse reincorporado al trabajo ya habiendo
disfrutado de otra excedencia por el mismo hijo?
- (04
- 04- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Siempre
que no se haya agotado el plazo de tres años desde que
se produce el nacimiento se puede solicitar. Saludos
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- (04
- 04- 2006) --->
- Hola
soy logopeda de un Colegio Concertado desde hace 24 años
y afiliada a UGT; quisiera que me ayudarais en lo siguiente
En cuanto a legislación cual es la consideración
que debo tener o tengo , (personal docente, especialista, personal
de servicios etc.)
Quien pertenece al personal de atención educativa complementaria
dentro de un Centro concertado de Educación Especial
Gracias
- (04
- 04- 2006) --->RESPUESTA: -------
- El
logopeda queda adscrito al grupo dos del convenio como personal
no docente. El personal de atención educativa entraría
dentro del concepto genérico de otro personal, conforme
al convenio. Para más precisión puedes consultar
el Convenio colectivo de aplicación, que te le faciñitarán
en tu federación. Saludos
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- (04
- 04- 2006) --->
- Hola!soy
una maestra de educación infantil, y hasta hace medio
mes estaba trabajando en una escuela infantil. La verdad es
que me trataron bastante mal y bueno al resto de mis compañeras,
y estoy cansada de oir el famoso convenio ya que en el nuevo
trabajo gano mucho, cierto que tambien estoy como tecnico, la
verdad es que tengo varias dudas: siendo la tutora de clase
es "legal" que me tuvieran como auxiliar?? cual es
el salario que se debe ganar?? (tanto la auxiliar como la tecnico)
cuantas personas debe tener una escuela en cada clase??? y por
ultimo, creemos que no hay cosas legales pues hay cosas muy
extrañas, hay alguna posibilidad de que una inspeccion
pase por el centro??. Muchas gracias por adelantado.
- (04
- 04- 2006) --->RESPUESTA: -------
- >
Hay una diferencia clara, conforme al convenio entre auxiliar,
que es persona no cualificada y maestra de EI. Por lo que refieres
en tu consulta, si te han tenido como auxiliar ha sido de forma
ilegal. La tabla salarial para 2005, en el caso de maestra es
de 1.143,13 ?/mes y a 25,10 los trienios, en el caso de auxiliar
es de 562,64 ?/mes y 13,93 ? cada trienio. Si no te han pagado
debidamente puedes solictar la diferencia desde un año
atras, esto es desde abril de 2005, para ello primero tienes
que poner una papeleta de conciliación y después,
si no hay acuerdo demandar a la empresa
ante los Juzgados. Será conveniente que te pongas en
contacto con FETE-UGT de tu localidad. Saludos
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- (04
- 04- 2006) --->
-
Hola, mi nombre es Isabel y os agradecería me aclaraseis
la siguiente situación:
En un colegio público de Infantil y Primaria de una sola
línea se da la siguiente situación: las tres clases
de Infantil están ocupadas por propietarias definitivas
de esta especialidad, que llegaron a este centro tras participar
en el concurso de traslado por Infantil. Una de ellas, desde
el pasado mes de septiembre es Jefa de Estudios del Centro.
Las tutorías de Primaria están ocupadas por maestros
definitivos generalistas, varios de ellos con 30, 34 y 35 años
de servicios. La pregunta es:
¿Puede la Jefa de Estudios (siendo de Infantil y habiendo
llegado a este centro por dicha especialidad) escoger grupo
de alumnos antes que todos los demás, y escoger un curso
de primaria?
¿Puede cualquier maestro por el solo hecho de ser cargo
directivo ( sin ser de Primaria) ocupar una plaza de Primaria
y eligiendo el grupo que le apetezca atentar contra los derechos
adquiridos de los demás compañeros en antigüedad...
Esperando vuestra respuesta, os saluda atentamente
I.
- (04
- 04- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Aunque
parece razonable tu propuesta, en el supuesto de no haber acuerdo
al principio de curso sobre la asignación de grupos es
el director el que toma la decisión. El art. 74 de la
Orden de 29 de junio de 1994 establece el orden de prioridad
en la asignación de grupos, siendo los miembros del equipo
directivo los primeros que se asignan y preferentemente en el
último ciclo. La razón tiene que ver con el número
de horas lectivas que desempeñan en función del
tamaño del centro y para evitar que los grupos más
pequeños tengan que ser atendidos por varios maestros
o maestras. Saludos
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- (04
- 04- 2006) --->
- Soy
maestra de Primaria y trabajo en una escuela concertada. En
noviembre del presente cumplo 60 años.Mi antigüedad
de cotizació será entonces de 30 años.
Quisiera pedir jubilación parcial y reducir mi jornada
laboral en un 50%.
Desearia saber cómo puede afectar económicamente
y qué repercusión puede tener en la jubilación
ordinaria.
Muy agradecida.
- (04
- 04- 2006) --->RESPUESTA: -------
- El
salario se te reducirá a la mitad, pero la parte de pensión
que recibas puede compensarte. Una vez cumplas los 65 años
la pensión no se vería significativamente reducida.
Puedes pedir a la Seguridad Social que te realicen los cálculos
aproximados. Saludos
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- (27
- 03- 2006) --->
- Buenos
días, durante los años 1987 al 1990 fui profesora
de religión en un colegio público de primaria,
en la actualidad soy funcionaria, he oído que existen
sentencias que reconocen este tiempo trabajado como servicios
previos ¿podríais confirmármelo? Gracias.
- (27
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Prof.
Religión: No existe jurisprudencia, que conozcamos, sobre
le reconocimiento de servicios previos en el supuesto que indicas.
Con la normativa vigente parece muy improbable que ésto
sea posible. Saludos
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- (27
- 03- 2006) --->
- ¿cuantos
dias me corresponden por intervencion quirurgica de mi mujer,
fuera de la provincia? Soy funcionario. Gracias
- (27
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Conforme
al art. 30. 1 a) es de 5 días cuando se realiza en otra
localidad, no obstante pudiera haber alguna peculiaridad en
tu Comunidad. Saludos
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- (27
- 03- 2006) --->
- Un
diplomado en Educación Infantil puede presentarse a plazas
de Técnico Especialista en Educación Infantil,
se considera que pueden ser titulaciones del mismo rango o al
menos equivalentes?
Gracias
- (27
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- La
titulación se puede considerar equivalente aunque habrá
que estar a los términos de la convocatoria pues hay
ocasiones en las que no se permite titulación distinta.
Saludos
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- (27
- 03- 2006) --->
- No
IES de Quiroga, durante o curso pasado xubilouse a mestra de
C. Sociais da ESO, a plaza non saliu como vacante no concurso,
pero si apareceu na lista de plazas reclamadas que publicou
o sindicato. Eu participei no concurso de traslados e pedín
esa plaza, na resolución provisional non me deron e fixen
unha reclamación a nivel personal. A miña pregunta
é ¿Hai algunha posibilidade de que me adxudiquen
esa plaza na resolución definitiva do concurso?. ¿O
sindicato sigue a reclamar esas plazas que non saíron?.Gracias
- (27
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Maestra.
La potestad organizativa de la Administración permite,
de manera justificada, que no saque una vacante. En el caso
que nos señalas puede haber alguna posibilidad si se
demuestra que el no sacar la plaza es por una actuación
arbitraria, siendo necesaria. Para más infirmación
debes dirigirte a FETE-UGT de tu localidad. Saludos
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(27
- 03- 2006) --->
-
Soy
una maestra, trabajo en Asturias, tengo solicitada la jubilación
voluntaria Logse. Tendré 34 años y 2 meses el
31 de agosto, quiero saber cuanto dinero perderé al
mes, he hecho el calculo por las tablas, pero al no saber
el descuento que me harán, lo he calculado poniendo
el mismo que me hacen en activo, es decir el 19%, y creo que
perderé como unos 200 €.
También, que puede repercutir en mi jubilación
cuando tenga 65 años, al jubilarme antes de tener 35
años de servicios, ya sé que me aumentan 5 años
total que cuando tenga 65 años tendré 39 años
de servicios.
Por ultimo, si en estos 5 años sigo cumpliendo trienios.
Gracias un saludo.
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(27
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Maestra:La
jubilación anticipada LOGSE agrega a los años
cotizados los que te faltan hasta cumplir 65, como si los hubieras
cotizado. Si la cantidad resultante es 35 o más recibes
el 100% del haber regulador que para tu grupo es de 1973,03
€/mes por catorce pagas. Una vez establecida la cantidad
que te corresponde por jubliación cada año se
incrementa en función de las variaciones del IPC y la
Ley de Presupuestos, por tanto queda fijada en lo sucesivo sin
que tanga otras variaciones por cumplir años o trienios.
La deducción por IRPF suele ser 2 puntos inferior a la
que en activo te están descontando. Saludos
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(27
- 03- 2006) --->
-
hola
soy un profesor de educación secundaria y quisiera
saber si para la realización de exámenes oficiales
disponemos de permiso durante todo el día de celebración
como aparece recogido en el apartado de derechos de funcionarios
que aparece en el decreto legislativo que aprueba el texto
de la ley de función pública de al Región
de Murcia ( BORM 12/04/2001)
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(27
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Profesor
de Secundaria: Desde el Sindicato defendemos que el permiso
es por todo el día del exámen aunque alguna sentencia
dice que es únicamente por el tiempo indispensable. Saludos
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(21
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Si
en el centro hay un cumplimiento estricto de la exclusiva cabe
atribuir estas horas a dicha dedicación, en todo caso
debería ser de acuerdo con el equipo directivo para evitar
malos entendidos. Saludos
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(21
- 03- 2006) --->
-
Hola:
Soy Profesor de secundaria, funcionario, en Castilla y Leon
y afiliado a ugt desde 1983. Nunca he utilizado los servicios
juridicos del sindicato pero ahora ha surgido este tema y
os pido me lo aclareis a mi y a todos los que estan en mi
situacion. Mi consulta es la siguiente:
Yo procedo de los antiguos centros de FP de la AISS. Cuando
hicimos oposiciones al MEC en 1985, pasamos a ser funcionarios
pero nunca hemos dejado de cotizar al régimen general
de la SS. Por lo que parece, la LOE contempla en su disposicion
transitoria 2ª que al personal docente en mi situacion
nos van a dar un plazo de seis meses para optar por seguir
así o pasarnos al regimen especial de funcionarios
de la SS, que entiendo que es MUFACE. Mi consulta es que es
lo mejor para mi que tengo una antiguedad reconocida a efectos
de trienios y sexenios desde 1979, aunque como funcionario
desde 1985. Cuales son los pros y los contras. Ademas creo
que el sindicato debía estudiar el tema y proponer
una salida aconsejada a sus afiliados que esten con este dilema
como yo. Gracias.
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(21
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- La
posibilidad que se ofrece está pendiente de la aprobación
de la LOE. No obstante los estudios iniciales nos hacen no precipitarnos
sobre los efectos personales. Hemos detectado casos en los que
se ven perjudicados si cambian de la SS a MUFACE. Una vez aprobada
la Ley se hará una información general sin perjucio
de que se estudie cada caso. Saludos
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(21
- 03- 2006) --->
-
Mi
consulta es la siguiente; una trabajadora después de
la baja maternal, que terminaría en abril, disfruta
de las vacaciones de este año pidiéndolo por
escrito a la Gerente, se las concede, coge la acumulación
de la hora de lactancia que está regulada en 20 días
y luego quiere coger la excedencia por cuidado de hijo. ¿Puede
ser que le pongan pegas al solicitar la acumulación
de la hora de lactancia cuando va a pedir la excedencia por
cuidado de hijo?
Un saludo.
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(21
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- No
debería causar ninguna pega pues es voluntad del trabajador
el determinar las fechas de disfrute de la excedencia regulada
en el art. 45. 2 del Convenio Colectivo de la enseñanza
concertada. Saludos
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(21
- 03- 2006) --->
-
¿tiene derecho a conservar el destino (en el mismo
Centro)una funcionaria de educacion infantil (presta sus servicios
en la provincia de Sevilla) que se acoja a excedencia para
el cuidado de hijo por un periodo de tres años?¿es
necesario solicitar los tres años de una sola vez,
o pudiera ser uno, depués otro y así (según
convenga), pero para el mismo hijo? ¿Cúal es
la normativa que regula estas situaciones y consecuencias?.
Muchas gracias
-
(21
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Únicamente
en el primer año de excedencia se conserva el puesto
de trabajo, en los años siguientes la localidad o zona.
Puedes pedir por el tiempo que creas conveniente en distintas
ocasiones, siendo la referencia la edad del hijo. Saludos
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(21
- 03- 2006) --->
-
Quisiera hacerles una consulta:
Soy un profesor de religión en un centro público,
llevo varios años impartiendo clase a horario completo
y hasta ahora no he tenido ningún problema ni con la
dirección del centro, ni con mi obispo. Estoy siguiendo
con gran interés la tramitación de la LOE, sobre
todo lo que concierne a los profesores de religión. Creo
entender que las disposiciones que afectan a nuestra labor van
a reconocer nuestros derechos como trabajadores, que a partir
de la aprobación de la ley nuestors puestos de trabajo
ya no dependerán de la voluntad del obispado y que se
nos reconoce la continuidad del contrato. Mi consulta viene
porque me encuentro en la actualidad en una situación
que no me imaginaba que pudiera pasarme nunca y no se como afectará
a mi situación laboral. Me he enamorado de una mujer
que no es católica y para casarme con ella voy a adoptar
su religión, permitame que no concrete mas.
No se si debo esperar a la aprobación de la ley para
comunicar mi nueva situación pues temo perder el trabajo
si se enteran en el obispado. LLevo varios años ejerciendo
de profesor de religión y me gustaría seguir ejerciendo
aunque vaya a abandonar la fe católica.¿Qué
puedo hacer?, ¿Cuando la ley esté aprobada podré
seguir conservando mi puesto de trabajo?
Gracias por su atención
-
(21
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Entiendo
que tu situación de forma más o menos inmediata
no podrá continuar pues no se establece una relación
laboral indefinida. Saludos
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(16
- 03- 2006) --->
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o>> Hola:
Me gustaría que me aconsejaran. Acabo de finalizar
mi período de funcionaria en prácticas el 1
de marzo de 2006 como maestra. El director de mi centro me
ha reclamado en comisión de servicios para el próximo
curso académico. Realmente no sé las implicaciones
de la condición de "comisión de servicios".
No sé si me perjudica en algo. ¿me computaría
el tiempo en comisión de servicios, por ejemplo, para
los tres años mínimos obligatorios que se necesitan
para presentarse al concurso de funcionarios en el exterior?.
¿Realmente me pueden reclamar en comisión de
servicios siendo funcionario en prácticas? En realidad
a mí si me interesa quedarme en el centro escolar pero
no me gustaría llevarme alguna sorpresa desagradable
por desconocimiento.
Les agradezco de antemano su respuesta. Atentamente,
Ana Ugarte Connelly
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(16
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Una
vez finalizadas las prácticas serás nombrada funcionaria
de carrera. Desde esa situación debes concursar a los
destinos que estimes más convenientes. La situación
de comisión de servicio en tu caso no te afectaría
hasta que tuvieras destino definitivo a los efectos de acumular
puntuación para otros concursos. Saludos
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(16
- 03- 2006) --->
-
Mmi consulta es que solicite una reduccion de jornada tras
mis 4 meses de baja maternal y mi empresa me la concedido
y mi pregunta es la siguiente: ¿si comenzara a trabajar
,y por ejemplo a los 2 meses me tuviera que hacer cargo de
mi bebe personalmente, podria pedirme una excedencia?
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(16
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Si,
puedes solicitar la excedencia hasta que tu hijo tenga tres
años. Saludos
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(16
- 03- 2006) --->
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oHola, soy funcionario de la administración general
autonómica en andalucía y afiliado a UGT.
Este año quiero presentarme a las oposiciones de secundaria
y supongo que en caso de que aprobara tendría que pedir
excedencia, pero en caso de que solo aprobara el 1er exámen,
¿puedo formar parte de la bolsa de interinos o se me
excluye de ella por ser ya funcionario tal como me ocurre
ahora en otros grupos de mi administración??
Gracias
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(16
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Puedes
estar en la lista de interinos. El problema puede surgir en
el caso de pedir excedencia en tu puesto de trabajo por tener
otro como interino, que la administración podría
poner pegas. Saludos
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(16
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Cada
tres años se genera un trienio, por lo que deberías
estar cobrando 6 trienios y pendiente ce cumplir el 7º.
En todo caso debes decirnos con más precisión
el tipo de centro, si es concertado o no y el tipo de enseñanzas.
Saludos
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(16
- 03- 2006) --->
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o> Estimados amigos...
Os agradezco de nuevo la gran labor que estais haciendo.
Me gustaría haceos una consulta en relación
a las vacantes que han salido publicadas hoy en el Boletin
de la Comunidad de Madrid.
No se si a vosotros como sindicato o bien a nivel personal
os parece vergonzoso e irrisorio el número de vacantes
que han salido publicadas. Creeis que se puede hacer algo
a nivel juridico para que saquen las vacantes reales que
hay?
Soy de la especialidad de Procesos de Gestión Administrativa
y estamos en esta especialidad en expectativa de destino
del orden de 40 0 50 compañeros coartandonos nuestra
libertad de movilidad geográfica, debido a que no
podemos concursar hasta que no tengamos destino definitivo.
¿ creeis que existe alguna acción legal para
poder reclamar esto?
Gracias por todo y un saludo
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(16
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
-
Jurídicamente es casi imposible obligar a la administración
a sacar las vacantes reales. La única forma es la presión
sindical, para lo que se necesita mayor afiliación
y mayor unidad en algunos casos. Saludos
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(13
- 03- 2006) --->
-
o Hola
Me gustaría que me ayudaran.
Yo como muchos otros profesores de la comunidad valenciana
no poseemos ninguna certificación lingüística
en valenciano. De hecho desde que salió el decreto
62/2002 Requisito lingüístico, no hemos podido
presentarnos ni siquiera a los concursos-oposición
que hasta la fecha se han realizado. Algo injusto porque yo
estoy trabajando como profesor de tecnología de mucho
antes de la aprobación de referido decreto, en concreto
desde el 2000.
Me gustaría saber si ustedes son tan amables de explicarme
que podría hacer yo. Ante la inminente cambio en el
acceso en la función publica, ante nuevas oposiciones,
etc.
No se si se podría poner alguno tipo de reclamación
en algún tipo de institucion, alguna ley habrá
que impugne el derecho de igualdad entre oportunidades, pues
a mi me las han quitado desde hace ya años, etc. Ahora
veo que si ponen el acceso diferenciado y TAMPOCO puedo acceder
a el, me encuentro en una situación verdaderamente
angustiada.
UN SALUDO Y MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO
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(13
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- >Las
plazas que salen con perfil lingüístico se han de
cubrir con personas que conocen la lengua correspondiente a
la Comunidad. Únicamente cabe aprenderla o hacer las
oposiciones en otra Comunidad. Saludos
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(13
- 03- 2006) --->
-
o >> Hola soy profesor interino de enseñanza
secundaria y mi consulta es la siguiente:
He estado haciendo una sustitución cubriendo una baja
por enfermedad con nombramientos que me han ido prorogando
a plazos de unos 15 días y, el 24 de enero, de vuelta
del trabajo he sufrido un accidente de tráfico "in
itinere" y estoy de baja. Desde la dirección provincial
me comunicaron que me"prorogaban" el nombramiento
hasta el 19 de Febrero, que si me incorporaba antes, me conservaban
la plaza, pero que si seguía de baja ya no me prorogaban
más, es decir, me despedirían.
Así ha sido: a día de hoy sigo de baja y se
supone que tengo que tramitar el "pago "directo
con la mutua de accidentes, pues ya se me ha dado de baja
en la Seguridad Social con fecha del 19 de febrero. En mi
lugar hay otra sustituta desde que me accidenté, pero
no sé si se puede despedir a alguien en estas circunstancias
, (estando de baja por accidente laboral) aunque sus nombramientos
no fuesen para todo el año.
Un saludo y muchas gracias.
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(13
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
-
La finalización del nombramiento de interino es consecuencia
de la incorporación de la persona que sustituyes. En
tu caso al estar accidentado y no poder hacer la sustitición
dependerá de la situación en que se encuentre
el funcionario de carrera en el momento de tu alta médica.
En el caso que no te nombraran nuevamente deberías reclamar.
En cuanto al abono en la situación de baja debees comunicarlo
a la SS. Saludos
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(13
- 03- 2006) --->
-
oHola, me llamo T. B. A., estoy afiliada FETE-UGT, y quisiera
que me informaran acerca de la prestación de Jubilación
o paga que se recibe por llevar más de 25 años
trabajando, yo personalmente he estado prestando mis servicios
en el Colegio Andalucía por más de 25 años,
actualmente tengo la jubilación por Incapacidad Laboral
Absoluta,llevo casi dos años esperando una resolución
al respecto y, aún no he recibido ninguna notificación
y quisiera que me informaran acerca de mi situación.
Muchas Gracias.
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(13
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- El
premio por antigüedad se da cuando se llevan 25 años
en activo. Si tú estabas en esta situación antes
de jubilarte por incapacidad te lo deben abonar. Si no lo has
reclamado al centro debes hacerlo y posteriomente si no te lo
abonan ante los juzgados de tu localidad o provincia. Saludos
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(13
- 03- 2006) --->
-
o Soy profesora de enseñanza secundaria en la comunidad
de Madrid, en excedencia voluntaria desde 1 de noviembre 2004.
Me gustaría consultaros dos dudas respecto al reingreso:
primera, si ya podría participar en el concurso de
traslados que se convocará a comienzos del curso 2006
- 2007. Segunda y más importante, en los baremos y
puntuaciones de los concursos de traslados, cuando se habla
de puntuación por años de permanencia ininterrumpida
en el centro desde el que se concursa no está claro
si quienes solicitamos reingreso desde excedencia voluntaria
tenemos derecho a computar esos años que hemos permanecido
en un centro de enseñanza sin trasladarnos y, en consecuencia,
hemos acumulado puntos; en el último Instituto he estado
unos 14 años ininterrumpidamente (y era destino definitivo
desde luego). Muchas gracias.
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(13
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- >Si
puedes concurar, pues ya han pasado los dos años cuando
se resuelva. Respecto a la puntuación por permanencia
en el centro también puedes computarla hasta uqe cusaste
baja. Saludos
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(10
- 03- 2006) --->
-
o Quisiera que me aclararan las siguientes dudas:
Soy profesor técnico de F.P., este año se han
amortizado las plazas de los dos docentes que impartiamos
clase en un Ciclo, ya que al tener poca matrícula no
se autorizó. Mi pregunta es ¿ Puede permanecer
en el mismo Instituto para el próximo curso?, en esta
localidad no hay mas que este Centro. También me gustaría
saber si puedo impartir Informática en la ESO, además
de las optativas que ofertaba ya el departamento. Un saludo
-
(10
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- >El
tema de la amortización de plazas es preocupante y estamos
intentando que sus efectos se minimicen. Las posibilidades de
seguir en el centro tienen relación con la posibilidad
de dar optativas o afines, cosa que dependerá de la propia
estrcutura del centro. El dar informática en ESO si bien
no es una competencia propia existen muchos centros en los que
se está realizando por tecnólogos o por Profesores
de FP. Saludos
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(10
- 03- 2006) --->
-
o Querría saber si puedo simultanear el trabajo como
interina en un IES y mi trabajo en un centro de formación
donde tengo un contrato por dos meses? Me han llamado cuando
yo ya había firmado el contrato. En teoría puedo
realizar ambos, ya que uno es por la mañana y el otro
por la tarde, pero no sé si puedo estar de alta en
la seguridad social y a la vez estar trabajando como interina.
Muchas gracias.
-
(10
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- En
necesario pedir la compatibilidad con tu trabajo en otro centro
privado, el no pedirlo supone una falta muy grave. No obstante
dado el escaso tiempo de tu contrato privado es muy posible
que cuando haya finalizado, la administración no te haya
contestado respecto a la solicitud de compatibilidad. Respecto
a la doble cotización no hay problema aunque en el futuro
únicamente se tendrá en cuenta una de ellas. Saludos
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(10
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- En
el caso que te jubilaras este año por incapacidad la
pensión que que quedaría sería de 1973,03
€/mes por catorce pagas, máximo de un maestro cvon
35 años cotizados, ya que a los años cotizados
se le añaden los años que faltan hasta la edad
de jubilación. Saludos
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(10
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Hay
convenio este España y Francia para su cómputo.
Saludos
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(10
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Hay
convenio este España y Francia para su cómputo.
Saludos
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(10
- 03- 2006) --->
-
o Soy una maestra de 51 años que trabajo como funcionaria
en la Consejería de Educación de Canarias. Por
motivos de salud, desde la inspección médica,
me han ofrecido la jubilación por incapacidad y me
han hecho firmar una instancia que al final dice:
SOLicita: Acogerse al Art.5º 2 R./D. 172/88 de 22-02-88
y solicita el Trámite por Incapacidad Fisíca
Permanente de forma voluntaria.
¿ Es esto correcto?, me la ofrecieron ello sin pedirsela
yo. También me han dicho que si no estoy de acuerdo
en cualquier momento puedo parar el proceso.
Muchas gracias por su respuesta y un saludo
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(10
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
-
La jubilación por incapacidad se puede hacer por iniciativa
de la administración o a instancia de parte. Si bien
no era necesario que tú la solicitaras es posible esta
forma de iniciar el expediente de jubilación. Saludos
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(10
- 03- 2006) --->
-
o Me gustaría consultaros lo siguiente.
Soy funcionaria en prácticas y he tenido que coger
baja por riesgo de embarazo 1 mes antes de completar el total
de 6 meses requerido. Si según la ley, no son faltas
de asistencias las del riesgo de embarazo, ¿por qué
me dicen que tengo que completar ese mes? ¿cómo
reclamar?
Gracias
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(10
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
-
Si has recibido la comunicación por escrito, debes presentar
reclamación ante el órgano de la comunidad que
te lo ha comunicado mediante escrito, modelo de instancia, en
la que después de exponer los datos y domicilio señalas
los hechos acaecidos y la justificación y finalizas con
la solicitud de que sea tenido en cuanta a los efectos de completar
el período de prácticas. Saludos
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(10
- 03- 2006) --->
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o Hola soy una compañera de primaria
Me gustaría saber si exite alguna legislación,
que me favorezca en el siguiente caso. Soy la única
persona de mi centro que vivo en la localidad donde se encuentra
el centro. Mi hora de exclusiva la tengo fijada, por la tarde
después del horario lectivo. Es en ese momento cuando
realizo mis reuniones de ciclo, preparo material y me reuno
con los padres. Resulta que mi Centro está siendo evaluado
por la inspección en estos momentos. Me están
exigiendo que todas estas actividades, tanto las reuniones
de ciclo como las reuniones con los padres las celebre en
horario de mediodía como así están especuladas
en la Programación Anual. Mi consulta es la siguiente,
¿Yo, como trabajadora, dispongo por ley de horario
mínimo determinado entre la jornada de mañana
y la de tarde?. Creo que las actividades docentes requieren
de un mínimo de dos horas, pero serían las mismas
para los maestros.¿Me podeís decir algo sobre
el tema, hay algo legislado sobre el tema? De antemano, Muchas
gracias por atenderme
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(10
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Si
bien existe un horario de descanso para los alumnos de dos horas
entre mañana y tarde, no es de aplicación para
los Maestros, por lo que se deberán atener a lo establecido
en la programación general del centro. Saludos
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(10
- 03- 2006) --->
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o Me gustaría consultaros lo siguiente.
Soy funcionaria en prácticas y he tenido que coger
baja por riesgo de embarazo 1 mes antes de completar el total
de 6 meses requerido. Si según la ley, no son faltas
de asistencias las del riesgo de embarazo, ¿por qué
me dicen que tengo que completar ese mes? ¿cómo
reclamar?
Gracias
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(10
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
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Si has recibido la comunicación por escrito, debes presentar
reclamación ante el órgano de la comunidad que
te lo ha comunicado mediante escrito, modelo de instancia, en
la que después de exponer los datos y domicilio señalas
los hechos acaecidos y la justificación y finalizas con
la solicitud de que sea tenido en cuanta a los efectos de completar
el período de prácticas. Saludos
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(10
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Si
la plaza que ocupas es la misma que te correspondería
en caso de acceso a Secundaria por tu especialidad, tendrías
prioridad para ella, ocupandola como profesor de Secundaria.
Saludos.
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(10
- 03- 2006) --->
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o Hola compañeros: Necesitamos que nos ayudeis a resolver
dos cuestiones que afectan a sos afiliados nuestros.
1.- Un compañero fue asesor de la consejería
de educación entre noviembre de 1989 y febrero de 1990.
Solicita la jubilación anticipada y le contestan que
se la desestiman porque no cumple el requisito de estar en
activo el 1 de enero de 1990, puesto que estaba en servicios
especiales. ¿Podría recurrirse con ciertas garantias?.
2.- Otro compañero solicitó también la
jubilación anticipada y tiene 8 años cotizados
como grupo B y 26 como A. Nos podeis calcular cuanto le quedaría
de pensión?.
Gracias .
Saludos
FETE UGT LUGO
lugo@fete.ugt.org
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(10
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
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1.- Debería recurrirlo pues la situación de servicios
especiales se computa a efecto de ascensos, trienios y derechos
pasivos (jubilación). No obstante se le debe advertir
que la posibilidad de que prospere no es mucha, pues se podría
dar una interpretación formalista y no es lo mismo servicios
especiales que servicio activo.
2.- Para el segundo caso nos tienes que indicar la edad actual.
Saludos
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(10
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
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En el anexo I del IV Convenio Colectivo dice que es quien tiene
a su cargo la dirección administrativa o la secretaría
de la empresa. De lo que se puede deducir que tiene responsabilidades
de dirección en su ambito. Los trabajos de superior categoría
que requieren titulación específica para su realización
no se pueden hacer. Saludos
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(08
- 03- 2006) --->
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o Saludos
Soy un afiliado profesor tecnico de FP que este año
por falta de alumnado que ante la decision de ser desplazado
a 100 Km de mi localidad o dar clases de tecnologia en secundaria
he optado por esta decision.
Mi consulta es la siguiente, ya que mi labor este año
es perfectamente legal, si doy clase para el mismo nivel que
mis compañeros de secundaria y con los mismos horarios
que ellos ¿no deberia percibir las mismas retribuciones?
ya que sigo manteniendo las retribuciones al nivel de profesor
de FP si esto no es lo correcto me gustaria saber donde reclamar.
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(08
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
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Si bien existe un horario de descanso para los alumnos de dos
horas entre mañana y tarde, no es de aplicación
para los Maestros, por lo que se deberán atener a lo
establecido en la programación general del centro.
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(08
- 03- 2006) --->
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o Saludos
Hola soy una compañera de primaria:
Me gustaría saber si exite alguna legislación,
que me favorezca en el siguiente caso. Soy la única
persona de mi centro que vivo en la localidad donde se encuentra
el centro. Mi hora de exclusiva la tengo fijada, por la tarde
después del horario lectivo. Es en ese momento cuando
realizo mis reuniones de ciclo, preparo material y me reuno
con los padres. Resulta que mi Centro está siendo evaluado
por la inspección en estos momentos. Me están
exigiendo que todas estas actividades, tanto las reuniones
de ciclo como las reuniones con los padres las celebre en
horario de mediodía como así están especuladas
en la Programación Anual. Mi consulta es la siguiente,
¿Yo, como trabajadora, dispongo por ley de horario
mínimo determinado entre la jornada de mañana
y la de tarde?.
Creo que las actividades docentes requieren de un mínimo
de dos horas, pero serían las mismas para los maestros.¿Me
podeís decir algo sobre el tema, hay algo legislado
sobre el tema? De antemano, Muchas gracias por atenderme
-
(08
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
-
El complmento de destino va en consonancia con el puesto de
trabajo y entiendo que el tuyo es similar al de los profesores
de secundaria. Respecto a salario base y trienios viene determinado
por el cuerpo al que se pertenece, en este caso corresponde
al grupo B. Saludos
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(08
- 03- 2006) --->
-
o ¿ Puede un director de un centro obligarme (profesor
interino)a aceptar un estudiante de magisterio en prácticas
en contra de mi voluntad?
¿ A un profesor interino en el caso de que le asignen
un estudiante de magisterio en prácticas obtiene algún
beneficio de ello, como por ejemplo puntos u horas de cara
a oposociones o a sexenios?
De antemano muchas gracias.
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(08
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
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No suele ser frecuente que se asigne a interinos, no obstante
cabe que se produzca esa asignación, aunque deberías
hablar con la dirección si entiendes que no es conveniente.
No tiene ninguna asignación de puntuación... Saludos
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(08
- 03- 2006) --->
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o Saludos
hola...quisiera hacerles una consulta,estoy afiliada con vosotros.mi
consulta es la siguiente: llevo casi tres años de excedencia
en mi trabajo por cuidado de mi hija de dos añitos
y medio...mi esedencia termina en noviembre y quiero entrar
a trabajar...pero tambien me gustaria no muy tarde volver
a ser madre...mi pregunta es que cuanto tiempo tendria que
estar trabajando para poder volver a buscar otro bebe y poder
tener mi excedencia?hay que esperar un tiempo?he de estar
trabajando un tiempo limitado para volver a poder coger otra
esedencia...?
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(08
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
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Si eres funcionaria no es necesario período de carencia.
Si eres de la Seguridad Social tienes que tener 180 días
cotizados previos para la asistencia por maternidad. Saludos
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(06
- 03- 2006) --->
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o Saludos
Soy un afiliado profesor tecnico de FP que este año
por falta de alumnado que ante la decision de ser desplazado
a 100 Km de mi localidad o dar clases de tecnologia en secundaria
he optado por esta decision.
Mi consulta es la siguiente, ya que mi labor este año
es perfectamente legal, si doy clase para el mismo nivel que
mis compañeros de secundaria y con los mismos horarios
que ellos ¿no deberia percibir las mismas retribuciones?
ya que sigo manteniendo las retribuciones al nivel de profesor
de FP si esto no es lo correcto me gustaria saber donde reclamar.
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(06
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
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El complmento de destino va en consonancia con el puesto de
trabajo y entiendo que el tuyo es similar al de los profesores
de secundaria. Respecto a salario base y trienios viene determinado
por el cuerpo al que se pertenece, en este caso corresponde
al grupo B. Saludos
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(06
- 03- 2006) --->
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o Hola buenos dias, me gustaría saber a que familiares
corresponden el primer y segundo grado de consagniedad o afinidad.
También me gustaría saber, si con los familiares
de mi marido tengo el mismo derecho que con mis familiares
del mismo grado de afinidad.
Muchas grácias por vuestra ayuda.
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(06
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
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El primer grado de consanguinidad corresponde a padres e hijos
y de afinidad a suegros y cónyuges. El segundo grado
corresponde a hermanos, abuelos y nietos por consanguinidad
y a cuñados y abuelos por afinidad. Saludos
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(02
- 03- 2006) --->
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o > Hola
Soy un profesor de secundaria con contrato temporal, cada
año desde hace 15 se me renueva, sin embargo no soy
católico. He leído que Fete está negociando
la estabilidad de los profesores de religión y moral
católica a través de contratos laborales indefinidos.
¿Tenemos los profesores interinos que no somos católicos
y que ocupamos plazas en los centros públicos en diferentes
asignaturas, después de haber pasado por diferentes
procesos selectivos, concursos, oposiciones, conseguir el
apoyo de Fete para conseguir una estabilidad parecida?¿No
supone esto una discriminación por motivos religiosos?
Gracias por su atención Les recuerdo que para ocupar
una plaza como profesor de religión católica
es imprescindible el visto bueno del obispo correspondiente
en base a la disposición de llevar a cabo lo que se
denomina missio canónica imposible de cumplir para
los no católicos. ¿Cabe algún recurso
contra este acuerdo?
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(02
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
-
Desde FETE-UGT se defiende la contratación estable para
todos los trabajadores. En estos momentos se está negociando
con el MEC el RD de acceso en el que se pretende ponderar la
situación de los interinos que como tú llevais
muchos años de docencia, mas la negociación nunca
es facil especialmente si no se tiene el apoyo de la mayoría
de los trabajadores. Para más información deberás
dirigirte a: fete@navarra.ugt.org Saludoss
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(02
- 03- 2006) --->
-
o Saludos
Soy un afiliado profesor tecnico de FP que este año
por falta de alumnado que ante la decision de ser desplazado
a 100 Km de mi localidad o dar clases de tecnologia en secundaria
he optado por esta decision.
Mi consulta es la siguiente, ya que mi labor este año
es perfectamente legal, si doy clase para el mismo nivel que
mis compañeros de secundaria y con los mismos horarios
que ellos ¿no deberia percibir las mismas retribuciones?
ya que sigo manteniendo las retribuciones al nivel de profesor
de FP si esto no es lo correcto me gustaria saber donde reclamar.
-
(02
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- El
complmento de destino va en consonancia con el puesto de trabajo
y entiendo que el tuyo es similar al de los profesores de secundaria.
Respecto a salario base y trienios viene determinado por el
cuerpo al que se pertenece, en este caso corresponde al grupo
B. Saludos
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-
(02
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Hay
convenio este España y Francia para su cómputo.
Saludos
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-
(02
- 03- 2006) --->
-
o Hola
Me gustaría que me ayudaran.
Yo como muchos otros profesores de la comunidad valenciana
no poseemos ninguna certificación lingüística
en valenciano. De hecho desde que salió el decreto
62/2002 Requisito lingüístico, no hemos podido
presentarnos ni siquiera a los concursos-oposición
que hasta la fecha se han realizado. Algo injusto porque yo
estoy trabajando como profesor de tecnología de mucho
antes de la aprobación de referido decreto, en concreto
desde el 2000.
Me gustaría saber si ustedes son tan amables de explicarme
que podría hacer yo. Ante la inminente cambio en el
acceso en la función publica, ante nuevas oposiciones,
etc.
No se si se podría poner alguno tipo de reclamación
en algún tipo de institucion, alguna ley habrá
que impugne el derecho de igualdad entre oportunidades, pues
a mi me las han quitado desde hace ya años, etc. Ahora
veo que si ponen el acceso diferenciado y TAMPOCO puedo acceder
a el, me encuentro en una situación verdaderamente
angustiada.
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(02
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Las
plazas que salen con perfil lingüístico se han de
cubrir con personas que conocen la lengua correspondiente a
la Comunidad. Únicamente cabe aprenderla o hacer las
oposiciones en otra Comunidad. Saludos
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-
(02
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- En
el caso que te jubilaras este año por incapacidad la
pensión que que quedaría sería de 1973,03
€/mes por catorce pagas, máximo de un maestro cvon
35 años cotizados, ya que a los años cotizados
se le añaden los años que faltan hasta la edad
de jubilación. Saludos
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(02
- 03- 2006) --->
-
o Soy un ordenanza
como en años anteriores llegada esta fecha tenemos
las preinscripciones a la vuelta de la esquina, otra vez las
disputa con la dirección del Centro, unos nos dicen
que no otros les dicen que si, alguien me lo puede aclarar,
¿es o no obligación de los ordenanzas repartir
las preincripciones o solicitudes de plazas?. El volumen de
trabajoes muy muy alto estamos hablando de repartir 5.000
o mas solicitudes. Muchas Gracias.
-
(02
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Entendemos
que dicha actividad se encuentra dentro de las atribuciones
de tu puesto de trabajo, por lo que debes realizarlo. Saludos
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-
(02
- 03- 2006) --->
-
o Soy una maestra de 51 años que trabajo como funcionaria
en la Consejería de Educación de Canarias. Por
motivos de salud, desde la inspección médica,
me han ofrecido la jubilación por incapacidad y me
han hecho firmar una instancia que al final dice:
SOLicita: Acogerse al Art.5º 2 R./D. 172/88 de 22-02-88
y solicita el Trámite por Incapacidad Fisíca
Permanente de forma voluntaria.
¿ Es esto correcto?, me la ofrecieron ello sin pedirsela
yo. También me han dicho que si no estoy de acuerdo
en cualquier momento puedo parar el proceso.
Muchas gracias por su respuesta y un saludo
-
(02
- 03- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Es
posible solictar la incapacidad por la persona interesada o
que lo haga la administración de oficio. Contra la resolución
que declara la incapacidad de una funcionaria cabe recurrir
si no se está de acuerdo. Saludos
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-
(27
- 02- 2006) --->
-
o Saludos
Buenas tardes!.
Hace tres meses ustedes resolvieron una duda que les planteé
y me resultó muy aclaratoria su resolución.
Dada esta satisfacción, quisiera plantearles otra duda.
¿cuáles son las bases establecidas para la promoción
del nivel B al A?. ¿Pueden realizarlo los maestros
de Primaria?.
Un cordial saludo. A. J. E.
-
(27
- 02- 2006) --->RESPUESTA: -------
- En
el Real Decreto de acceso se establecen las bases para la promoción
del B al A. En términos generales es necesario tener
titulación superior, no obstante existen algunas especialidades
de secundaria en las que es suficiente el título de magosterio.
Saludos
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(27
- 02- 2006) --->
-
o Saludos
Hola.
Quisiera saber si una vez finalizado mi permiso de maternidad
de 16 semanas, puedo solicitar asuntos propios por un número
determinado de días (aprox. 1 mes) para enlazar con
las vacaciones de verano, ya que, mi permiso termina el 30
de mayo y no me quiero incorporar hasta finales de junio.
gracias
-
(27
- 02- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Se
puede pedir por asuntos propios hasta tres meses cada dos años
de servicio. Art. 73 Decreto 315/1964, Ley articulada de Funcionarios
Civiles del Estado. Saludos
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(27
- 02- 2006) --->
-
o Saludos
Hola, me gustaría saber si los funcionarios del Cuerpo
dee Maestros transferidos a la JCYL disponemos de los 10 días
de permiso por nacimiento de hijo, o en caso contrario de
cuantos disponemos. Y a partir de cuando (desde el nacimiento
del hijo/a) podemos solicitar la hora por período de
lactancia.
Gracias.
-
(27
- 02- 2006) --->RESPUESTA: -------
- El
acuerdo de los 10 días aún no se ha extendido
a tu comunidad. Es necesario que se negocie en ese ámbito
concreto. En la actualidad el permiso por alumbramiento para
el padre es de 3 o 5 días dependiendo que sea en la misma
o distinta localidad, art. 30 de la Ley 30/1984. El permiso
por lactancia lo puede coger el padre o la madre en el supuesto
que ambos trabajen. Saludos
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-
(27
- 02- 2006) --->
-
o Saludos,
Soy miembro de un comité de empresa en un centro de
discapacitados, mi consulta es la siguiente cuando un persona
tiene un accidente laboral tiene que acudir a la mutua con
un papel que le tiene que dar la empresa para poder ser atendida,
¿ese papel dónde tiene que estar? ¿en
la empresa o en el centro de trabajo?
-
(27
- 02- 2006) --->RESPUESTA: -------
- Lo
primero que prima en estos casos es la atención. La cuestión
burocrática depende de la naturaleza de los centros,
puede estar en uno o en otro pero debe estar a disposición
del trabajador. Saludos
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-
(27
- 02- 2006) --->
-
o Saludos
Hola soy Celia de FETE Toledo y quisiera hacer una consulta:
Nos ha llamado esta mañana la directora de un colegio
de de la provincia, preguntando si se pueden hacer fotos y
grabaciones de los niños por parte de la familia y/o
asistentes a las actividades que se realizan en los centros...Es
porque ahora que llegan los carnavales se programan diferentes
actividades en las que participan los niños y , como
suele ocurrir, los padres y familiares acuden para verlos.
Han tenido algun otro problemilla con este asunto y antes
y para curarse en salud quiere saber si lo ha de permitir
o no. Hay algo acerca de esto???
Rogaría me respondierais lo antes posible...
Así mismo quisiera saber si hay |