OPOSICIONES 2008
NORMATIVA BÁSICA PARA MATRICULARSE

ORDEN de 23 de abril de 2008, por la que se convocan procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (BOC 25/04/08)

PLAZO DE PRESENTACIÓN : del 26 de abril al 15 de mayo de 2008, ambos inclusive.

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

Requisitos generales:

•  Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea

•  El cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea.

•  Los descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a cargo de sus progenitores.

•  Tener cumplido dieciocho años.

•  No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica.

•  No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

•  No ser funcionario de carrera o en prácticas.

Ingreso libre y reserva para personas con discapacidad:

•  Estar en posesión del título de Doctor, Ingeniero, Arquitecto, Licenciado o el título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia. (Son equivalentes a efectos de docencia las titulaciones que se detallan en el anexo III)

•  Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o del certificado del Curso de Cualificación Pedagógica o del Título Profesional de Especialización Didáctica.

•  Será equivalente al título de Especialización Didáctica o al Certificado de Cualificación Pedagógica, la acreditación de una experiencia docente previa durante dos cursos académicos completos o, en su defecto, durante doce meses ejercidos en períodos discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados.

•  Están dispensados quienes posean el título de Maestro, Diplomado en Profesorado de Educación General Básica, Maestro de Primera Enseñanza, Licenciado en Pedagogía, Licenciado en Psicopedagogía y quienes posean una titulación equivalente que incluya formación pedagógica y didáctica.

•  También los aspirantes de ingreso a las especialidades de Tecnología, de Psicología y Pedagogía y de las correspondientes a las distintas enseñanzas de la Formación Profesional del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Acceso del B al A:

•  Haber prestado servicios como funcionario de carrera en su cuerpo de origen durante un mínimo de seis años cumplidos al término del plazo de presentación de instancias.

•  Estar en posesión del título exigido para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria o en el Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño.

Acceso al Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, especialidades Inglés y Alemán, desde cuerpos docentes del mismo grupo y nivel de complemento de destino:

•  Ser funcionario de carrera de alguno de los cuerpos docentes clasificados en el mismo grupo y nivel de complemento de destino del Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.

•  Estar en posesión del título de Doctor, Ingeniero, Arquitecto, Licenciado o el título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.

•  Estar en posesión del título de Doctor, Ingeniero, Arquitecto, Licenciado o el título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

•  Transitoriamente están exentos del CAP o equivalente

Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño.

•  Estar en posesión del título de Doctor, Ingeniero, Arquitecto, Licenciado o el título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

•  Transitoriamente están exentos del CAP o equivalente

Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

•  Estar en posesión de título de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

•  Transitoriamente están exentos del CAP o equivalente

Reserva para personas con discapacidad:

Acreditar que tienen reconocida la condición legal de minusválidos y que poseen un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.

Fecha de cumplimiento de los requisitos: a la finalización del plazo de presentación de instancias.

SOLICITUD Y REGISTRO

•  A través de la Web http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/ . Una vez cumplimentada la solicitud, se imprime para su presentación en papel, junto con la documentación necesaria, en las Direcciones Territoriales e Insulares de la Consejería de Educación; en los restantes registros oficiales de esta Consejería a que se refiere la Orden de 31 de enero de 2007 (B.O.C. nº 33, de 14.2.07) , o bien en alguno de los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.C. nº 102, de 19.8.92) , de acuerdo con las condiciones establecidas en dicho precepto.

•  En caso de presentar la solicitud ante una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que las solicitudes sean fechadas y selladas por el funcionario correspondiente antes de ser certificadas.

•  El profesorado interino que desee sustituir la preparación y exposición oral ante el tribunal de la unidad didáctica por un informe que elaborará la Administración educativa, deberá indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud. Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes esta opción tendrá carácter vinculante y no podrá modificarse.

Los funcionarios de carrera de cuerpos docentes de grupo B que deseen acogerse a la concordancia entre la titulación académica que poseen y la especialidad a la que aspiran deberán hacerlo constar en el apartado correspondiente de la solicitud de participación.

Además, los funcionarios de carrera pertenecientes a cuerpos docentes de grupo A que deseen acceder al Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, especialidades Inglés y Alemán, deberán indicar, en el apartado correspondiente de la solicitud, la especialidad de la que se es titular en el Cuerpo de origen.

Documentación acreditativa de requisitos a adjuntar con la solicitud:

•  Dos fotocopias del Documento Nacional de Identidad en vigor, o del documento que acredite su nacionalidad, que deberá estar en vigor.

•  Original del documento de ingreso justificativo del pago de las tasas.

•  Original o fotocopia compulsada del certificado académico o título que se alegue.

•  Original del documento de ingreso justificativo del pago de la tasa de inscripción.

•  Para los aspirantes que participan por la reserva para personas con discapacidad: certificación vinculante del equipo multiprofesional previsto en el Decreto 43/1998, de 2 de abril.

Profesorado interino y sustituto que desee sustituir la preparación y exposición de la unidad didáctica ante el tribunal por un informe elaborado por la Administración educativa:

•  Debe poseer nombramiento como profesor interino o sustituto de curso completo durante el curso escolar 2007/08 en un centro público docente no universitario. A estos efectos, se considerará nombramiento de curso completo los efectuados con fecha prevista de cese a 31 de agosto de 2008.

•  Haber prestado servicios efectivos durante un período mínimo de seis meses en un centro público docente no universitario, en el curso escolar 2007/08, en el momento del cierre del plazo de presentación de solicitudes.

•  Poseer nombramiento como profesor interino o sustituto durante cinco años, como mínimo, en un centro público docente no universitario en el momento del cierre del plazo de presentación de solicitudes.

•  Este profesorado, junto con la solicitud, deberá presentar una unidad didáctica de las que integren su programación didáctica, que tendrá una extensión entre diez y veinte folios, escritos por una sola cara a doble espacio en letra Times New Roman, tamaño 12, y se realizará conforme a lo dispuesto en los anexos V ó VI, según los casos, de esta Orden. En esta unidad didáctica se permitirá la inclusión de cuadros ocupando los mismos, como máximo, un folio, por una sola cara, que no es preciso que se ajusten a los requisitos de tipo y de tamaño de letra y se contabilizará dentro del mínimo y el máximo de folios exigidos.

•  La unidad didáctica será presentada en sobre cerrado en el que conste la identificación personal y especialidad por la que se presenta el aspirante, debiendo ser sellada por el funcionario del registro correspondiente, antes de cerrar el sobre, con el registro de entrada que se le haya dado a la solicitud de participación. En la portada de la citada unidad deberán constar también todos los datos identificativos del aspirante (apellidos, nombre y N.I.F.).

•  Informes de otras comunidades autónomas : sólo se aceptarán los informes emitidos por aquellas Administraciones educativas que así lo prevean en sus convocatorias, siempre que sean suscritos por el órgano correspondiente y se ajusten íntegramente a alguno de los modelos que figuran como anexos VIII y IX de esta Orden, según la especialidad. Además, junto a estos informes los aspirantes deberán aportar certificación del órgano correspondiente en el que se especifique que reúne los requisitos establecidos en el subapartado 3.2.4 de la base 3 de esta Orden. El participante deberá hacer llegar ambos documentos, antes del día 23 de mayo de 2008, a la Dirección General de Personal, sita en Avenida Primero de Mayo, 11, 4º, 35002-Las Palmas de Gran Canaria

TASAS:

•  Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño: 20,53 euros .

•  Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño: 15,41 euros .

•  Se abonarán de forma directa o mediante transferencia bancaria, a nombre de "Oposiciones Funcionarios Docentes no Universitarios Canarias 2008”

•  Caja General de Ahorros de Canarias. Oficina Principal en Santa Cruz de Tenerife: c/c nº 2065 0000 01 1114004194.

•  Caja Insular de Ahorros de Canarias. Oficina Principal en Las Palmas de Gran Canaria: c/c nº 2052 8000 78 35 011825 07.

•  En el extranjero se hará mediante transferencia:

•  Caja General de Ahorros de Canarias. Oficina Principal en Santa Cruz de Tenerife: c/c ES35 2065 0000 01 1114004194.

•  Caja Insular de Ahorros de Canarias. Oficina Principal en las Palmas de Gran Canaria: c/c ES35 2052 8000 78 35 011825 07.

Estarán exentos del abono de la tasa de inscripción aquellos aspirantes que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.

ADMISIÓN DE ASPIRANTES.

Listas provisionales de admitidos y excluidos: Con la publicación de la Resolución que declare aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos se considerará efectuada la correspondiente notificación a los interesados a los efectos de lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazo de alegaciones contra las listas provisionales: cinco días hábiles, por el trámite de urgencia, en base al artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contado a partir del día siguiente al de la publicación de las citadas listas. Dichas peticiones de subsanación se presentarán, preferentemente, en las Direcciones Territoriales e Insulares de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes; en los restantes registros oficiales de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, o en cualquiera de los lugares previstos en el apartado 3.1 de la base 3.

Listas definitivas de admitidos y excluidos: El hecho de figurar en la relación de admitidos no presupone que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando de la documentación que debe presentarse tras superar las fases de oposición y de concurso se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, los interesados decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en estos procedimientos selectivos.

Criterios de distribución de los aspirantes admitidos entre los tribunales: La Dirección General de Personal realizará la distribución de los aspirantes de cada especialidad en proporción al número de tribunales conformados.